La libertad religiosa es uno de los principios sobre los cuales se ha fundado los Estados Unidos, y uno de los derechos básicos que valoramos más. La discriminación religiosa abarca el trato desfavorable hacia una persona debido a sus creencias religiosas. El Título VII de la Ley de Derechos Civiles de 1964 prohíbe la discriminación laboral basada en la religión por parte de un empleador privado, el gobierno local o estatal y las instituciones educativas que tengan 15 o más empleados durante 20 o más semanas al año.
El Título VII prohíbe que los empleadores discriminen a los trabajadores sobre la base de su religión tanto para la contratación como para otras condiciones de empleo. La ley requiere que un empleador brinde acomodos razonables para las creencias o prácticas religiosas de un empleado, salvo que tal cosa implique para el empleador una carga excesiva.
Si usted cree que ha sufrido discriminación debido a su religión, puede presentar cargos por discriminación laboral en forma individual o como parte de un grupo (lo que se conoce como “demanda colectiva”) ante la Comisión para la Igualdad de Oportunidades de los Estados Unidos . Los cargos deben presentarse dentro de los 180 días de ocurrido el acto de discriminación que se alega. Si usted está representado por un sindicato, contacte a su delegado, quien puede ayudarle a presentar la demanda. Los empleados federales [en inglés] deben presentar cargos por discriminación dentro de su propia agencia. Deben contactar a un consejero de EEO dentro de los 45 días de ocurrido el acto discriminatorio.
Usted puede presentar una queja llamando a la oficina de la EEOC al 800-669-4000 para más información (800-669-6820 para las personas con discapacidad auditiva). Todos los cargos deben incluir:
Además de la página web de su religión, los siguientes sitios también proveen información sobre discriminación: